Expediente

TEH-JDC-002-2011

Promovente

 C. Martín Camargo Hernández

Tercero Interesado

El C. Flavio Uribe Ramírez representante propietario del partido de la revolución democrática. Y coalición “hidalgo nos une”.

Autoridad Responsable  Consejo general del instituto estatal electoral de Hidalgo.
Acto Impugnado

Acuerdo del consejo general del instituto estatal electoral de fecha 31 de marzo del 2011, mediante el cual se concede el registro a la coalición denominada "hidalgo nos une".

Magistrado Instructor  Lic. Alejandro Habib Nicolás
Acuerdos  13-04-11 SE DICTÓ AUTO DE RADICACIÓN.
 14-04-11 CIERRE DE INSTRUCCIÓN.
Fecha de Resolución

 15 de abril de 2011

Puntos Resolutivos

Primero.- este tribunal electoral del estado de hidalgo, es competente para conocer y resolver el presente medio de impugnación, en términos del considerando iv de esta resolución.

Segundo.- sobre la base de los razonamientos lógico-jurídico vertidos en la parte considerativa de esta resolución, los motivos de agravios expresados por el impetrante se declaran, el primero como infunadado y el segundo como inatendible.

Tercero.- en consecuencia se confirma el acuerdo de fecha 31, treinta y uno de marzo del 2011, dos mil once, emitido por el consejo general del instituto estatal electoral de hidalgo, dentro del expediente iee/coali/ayunta/01/2011, por el cual se autorizó el registro de la coalición “hidalgo nos une”, que integran los partidos políticos acción nacional y de la revolución democrática.

Cuarto.- notifíquese la presente resolución a los interesados, y al consejo general del instituto estatal electoral de hidalgo, en términos de lo dispuesto en el artículo 35, de la ley estatal de medios de impugnación en materia electoral; además, hágase del conocimiento público la presente sentencia, a través del portal web de este órgano colegiado.

Sentencia

 TEH-JDC-02-2011