Expediente

TEH-JDC-005-2011 y su acumulado TEH-JDC-007-2011

Promovente

 C. Martín Camargo Hernández

Tercero Interesado  Ninguno
Autoridad Responsable  ---
Acto Impugnado

En contra del acuerdo de fecha 30 de mayo de 2011, mediante el cual se concede el registro a la planilla postulada por la coalición “hidalgo nos une” integrada por los partidos revolucionario institucional, nueva alianza y convergencia en el municipio de actopan, hidalgo, así como del dictamen relativo al tope de gastos de campaña de la misma fecha.

Magistrado Instructor  Dr. Ricardo C. González Baños
Acuerdos  10-06-11 SE DICTÓ AUTO DE RADICACIÓN.
 15-06-11 CIERRE DE INSTRUCCIÓN.
Fecha de Resolución

 16 de junio de 2011

Puntos Resolutivos

Primero.- el tribunal electoral del poder judicial del estado de hidalgo, es competente para conocer y resolver el presente medio de impugnación. 

Segundo.- ante lo inatendibles de doce de los agravios y lo infundado de los restantes, se confirman los acuerdos y dictámenes aprobados por el consejo general del instituto estatal electoral, en la cuarta sesión extraordinaria de 30 de mayo de 2011, donde se aprueba el registro de las planillas para la elección de ayuntamientos en el municipio de actopan y los topes de gastos de campaña en términos de lo establecido en el considerando iii de la presente resolución.

Tercero.- notifíquese a martín camargo hernández en los estrados que se encuentran en las instalaciones de este tribunal electoral, toda vez que señalo un domicilio para oír y recibir notificaciones fuera de la residencia que ocupa este h. tribunal, de conformidad con el artículo 30, de la ley estatal de medios de impugnación en materia electoral.

Cuarto.- notifíquese al consejo general del instituto estatal electoral de hidalgo, en términos de lo dispuesto en el artículo 35, de la ley estatal de medios de impugnación en materia electoral; y además, hágase del conocimiento público la presente resolución, a través del portal web de este órgano colegiado.

Sentencia

 TEH-JDC-05-2011