Expediente | TEEH-PES-055-2020 |
Denunciante |
Ricardo Hernández Reyes en su carácter de Representante Propietario del Partido Revolucionario Institucional. |
Denunciado | Ana Lucía Medina Reyes en su carácter de Candidata a Presidente Municipal Propietaria del Partido Político Movimiento Ciudadano en el Municipio de Lolotla, Hidalgo. |
Acto Impugnado | |
Magistrado Instructor |
Manuel Alberto Cruz Martínez |
Acuerdos | |
Fecha de Resolución | 19 de noviembre de 2020 |
Puntos Resolutivos |
PRIMERO. Se declara la existencia de la violación atribuida a la parte denunciada, en los términos precisados en la parte considerativa de la presente sentencia. SEGUNDO. Se impone a la parte denunciada como sanción, amonestación pública, misma que deberá ser aplicada en los términos establecidos en la parte denominada efectos y, de encontrarse aún, se ordena el retiro inmediato de la propaganda electoral materia del presente asunto. TERCERO. En su oportunidad, archívese el presente expediente como asunto total y definitivamente concluido. |
Sentencia | TEEH-PES-055-2020 |