Expediente TEEH-JDC-132-2016 acumulado a TEEH-JDC-127-2016
Promovente

 Filemón de la Cruz Paredes

Tercero Interesado  Ninguno
Autoridad Responsable  Presidente Constitucional y Tesorero Municipal del Ayuntamiento de Ixmiquilpan
Acto Impugnado

En contra de la omisión y la negativa del pago por concepto de dieta y aguinaldo,  que por el desempeño de su cargo le corresponde.

Magistrado Instructor Lic. Monica Patricia Mixtega Trejo
Acuerdos  
Fecha de Resolución

 30 de noviembre de 2016

Puntos Resolutivos

PRIMERO: Al resultar vulnerados los derechos políticos-electorales de los actores, se declaran como fundados los agravios hechos valer en el presente medio de impugnación.

SEGUNDO: Se ordena al Presidente Municipal y a la Tesorería, ambos de Ixmiquilpan, Hidalgo, realicen el pago a los actores de los cuatro días del mes de septiembre del año en curso, así como la parte proporcional del remanente aprobado por el Ayuntamiento para el ejercicio fiscal dos mil dieciséis.

TERCERO: Se instruye a ambas autoridades municipales, a efectuar los pagos correspondientes en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al que se le notifique la presente resolución. Hecho lo cual, deberá informar a este Tribunal Electoral, dentro de las veinticuatro horas a que ello ocurra.

CUARTO: Se apercibe al Presidente Municipal y Titular de la Tesorería, ambos de Ixmiquilpan, Hidalgo, a que en caso de no cumplir con la sentencia de mérito, se les aplicará uno de los medios de apremio contemplados en el artículo 380 del Código Electoral del Estado de Hidalgo.

QUINTO: En virtud de lo razonado en la parte considerativa del presente fallo, con copia certificada de esta sentencia, dése vista a la Auditoría Superior y al Servicio de Administración Tributaria, ambos del Estado de Hidalgo para que, en ejercicio de sus atribuciones, determinen lo que en derecho proceda.

NOTIFÍQUESE por estrados a los actores y demás interesados y por oficio a las autoridades responsables, con copia certificada de esta sentencia.

Sentencia

 

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TEEH-JDC-127/2016 y Acumulados

Aclaración de Sentencia TEEH-JDC-127/2016