Expediente | RAP-I-002-2007 |
Promovente |
Lic. Alejandro Olvera Mota |
Tercero Interesado |
Ninguno |
Autoridad Responsable | --- |
Acto Impugnado |
--- |
Magistrado Instructor | Dr. Ricardo C. González Baños |
Acuerdos |
01-09-07. se recepcionó en la oficialia de partes el recurso y sus anexos (15:53 horas) |
Fecha de Resolución |
11 de septiembre de 2007 |
Puntos Resolutivos |
Primero.- esta autoridad judicial ha sido y es competente para conocer y resolver el presente asunto, en términos del considerando i de esta resolución. Segundo.- se declaran parcialmente fundados pero inoperantes los agravios vertidos por el c. alejandro olvera mota en representación del proyecto de la sociedad hidalguense, en términos del considerando ix del cuerpo de esta resolución. Tercero.- se confirma el fallo sujeto a revisión, consistente en el acuerdo de fecha veintiséis de agosto de dos mil siete, dictado por el consejo general del instituto estatal electoral de hidalgo, mediante el cual se negó el registro como asociación política al proyecto de la sociedad hidalguense. Cuarto.- notifíquese y cúmplase. |
Sentencia |