Expediente RAP-XII-PRD-014-2008
Promovente

 Partido de la Revolución Democrática

Tercero Interesado  Coalición “Unidos por Hidalgo”
Autoridad Responsable  Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo
Acto Impugnado

Acuerdo del 29 de febrero de 2008.

Magistrado Instructor  Lic. Fabián Hernandez García
Acuerdos

 5 de marzo se turnó a la presidencia el recurso y se remitió al magistrado ponente. 

 7 de marzo se admitió a trámite y abrió instrucción.

 9 de marzo se declaró cerrada la instrucción y se ordenó dictar sentencia.

Fecha de Resolución

 10 de marzo de 2008

Puntos Resolutivos

Primero.- esta autoridad ha sido y es competente para conocer y resolver el presente asunto, en términos del considerando i de esta resolución.

Segundo.- se declaran infundados e inoperantes los agravios hechos valer por el recurrente josé cuauhtémoc fernández hernández, en representación del partido de la revolución democrática, en términos del considerando iv de esta resolución.

Tercero.- consecuentemente se confirma el fallo sujeto a revisión, consistente en el acuerdo de fecha veintinueve de febrero de dos mil ocho dictado por el consejo general del instituto estatal electoral de hidalgo.

Cuarto.- notifíquese y cúmplase. así lo resolvieron y firmaron por unanimidad de votos los magistrados integrantes del tribunal electoral del estado de hidalgo, magistrado presidente raúl arroyo; magistrado ricardo césar gonzález baños; magistrada martha concepción martínez guarneros, y magistrado fabián hernández garcía, siendo ponente el último de los mencionados, ante el secretario general licenciado sergio antonio priego reséndiz, quien autoriza y da fe.

Sentencia

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