Expediente | RAP-PRD-004-2008 |
Promovente |
Partido de la Revolución Democrática |
Tercero Interesado | Partido Revolucionario Institucional |
Autoridad Responsable | Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo |
Acto Impugnado |
Acuerdo del 29 de septiembre de 2008, mediante el cual resuelve sobreseer el expediente d.a.ayunta/05/08 relativo a la denuncia presentada por el prd. |
Magistrado Instructor | Lic. Martha C. Martínez Guarneros |
Acuerdos |
07-10-08 se turno a la presidencia el recurso y se remitió al magistrado ponente. 10-10-08 se admitió a trámite y se abrió instrucción. 12-10-08 se declaró cerrada la instrucción y se ordenó dictar sentencia. |
Fecha de Resolución |
13 de octubre de 2008 |
Puntos Resolutivos |
Primero.- esta autoridad ha sido y es competente para conocer y resolver el presente asunto, en términos del considerando i de esta resolución. Segundo.-se declara fundado y operante el agravio vertidos por el recurrente, josé cuauhtémoc fernández hernández, en representación del partido de la revolución democrática; no así las manifestaciones del tercero interesado partido revolucionario institucional. Tercero.- se revoca el fallo sujeto a revisión, consistente en el acuerdo de fecha veintinueve de septiembre de dos mil ocho, dentro del expediente d.a. ayunta/05/08, dictado por el consejo general del instituto estatal electoral de hidalgo, para el efecto de que tenga por presentada en tiempo la denuncia administrativa y en términos del artículo 257 de la ley electoral del estado de hidalgo resuelva lo que en derecho proceda respecto de la queja incoada por el partido de la revolución democrática; de cuyo cumplimiento deberá dar aviso a esta autoridad. Cuarto.- notifíquese y cúmplase. |
Sentencia |