Expediente JIN-80-COALICION MAS POR HIDALGO-021-2008
Promovente

 Coalición más por Hidalgo

Tercero Interesado  Ninguno
Autoridad Responsable  Consejo municipal de Yahualica
Acto Impugnado

 Acta de cómputo municipal de la elección.

Magistrado Instructor  Lic. Martha C. Martínez Guarneros
Acuerdos  26-11-08 AUTO DE ADMISIÓN JIN-80-CMPH-021/08
 28-11-08 ACUERDO JIN-80-CMPH-021/08
 29-11-08 JIN-80-CMPH-021/2008

 Turno: 17-11-08 se turno a la presidencia el recurso y se remitió al magistrado instructor.
Fecha de Resolución

 1 de diciembre de 2008

Puntos Resolutivos

Primero.- este tribunal electoral del estado de hidalgo ha sido y es competente para conocer y resolver el presente asunto, en términos del considerando i del cuerpo de la presente resolución.

Segundo.- se tiene por reconocida la personería de miguel oaxaca murillo, en calidad de representante propietario de la coalición “más por hidalgo” formada por el partido revolucionario institucional y nueva alianza, ante el consejo municipal de yahualica, hidalgo, en términos del considerando iii de la presente resolución..

Tercero.- se sobrese el presente juicio de inconformidad, en atención al desistimiento que fuera formulado y ratificado por el representante propietario de la coalición “más por hidalgo”, ante el consejo municipal de yahualica, hidalgo, por lo cual archívese el presente asunto como totalmente concluido.

Cuarto.- notifíquese a las partes en los términos de ley, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 28, 34 y 35 de la ley estatal de medios de impugnación en materia electoral del estado de hidalgo; asimismo, hágase del conocimiento público en el portal web de este órgano jurisdiccional.

Sentencia

 JIN-80-CMPH-021/2008