Expediente | JIN-46-COALICION MAS POR HIDALGO-033-2008 |
Promovente |
Coalición más por Hidalgo |
Tercero Interesado | Partido acción nacional |
Autoridad Responsable | Consejo municipal de Pacula |
Acto Impugnado |
Acta de cómputo y la declaración de validez de la elección municipal. |
Magistrado Instructor | Lic. Martha C. Martínez Guarneros |
Acuerdos |
22-11-08 JIN-46-CMPH-033/08 Turno: 17-11-08 se turno a la presidencia el recurso y se remitió al magistrado instructor. |
Fecha de Resolución |
8 de diciembre de 2008 |
Puntos Resolutivos |
Primero.- este tribunal electoral del estado de hidalgo ha sido y es competente para conocer y resolver el presente asunto, en términos del considerando i del cuerpo de la presente resolución. Segundo.- se tiene por reconocida la personería de protacio romero rivera, representante propietario de la coalición “más por hidalgo” formada por el partido revolucionario institucional y nueva alianza en calidad de actor; y de carlos gerardo montiel hernández, como representante propietario del partido acción nacional en carácter de tercero interesado; ambos ante el consejo municipal de pacula, hidalgo, en términos del considerando iii de la presente resolución. Tercero.- los motivos de inconformidad vertidos por el representante propietario de la coalición “más por hidalgo”, devienen infundados e inoperantes en cuanto a la nulidad de los resultados consignados en el acta única de jornada electoral de las casillas 822 básica, 824 básica, 825 básica, 827 básica y 828 básica; por ende, se confirman los resultados del acta de cómputo municipal de pacula, hidalgo. Cuarto.- consecuentemente se convalida la entrega de la constancia de mayoría y la declaración de validez expedida por el consejo municipal respectivo a favor de la planilla registrada por el partido acción nacional. Quinto.- notifíquese a las partes en los términos de ley, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 28, 34 y 35 de la ley estatal de medios de impugnación en materia electoral del estado de hidalgo; así mismo, hágase del conocimiento público en el portal web de este órgano jurisdiccional. |
Sentencia |