Expediente | JIN-67-PANAL-020-2008 |
Promovente |
Partido nueva alianza |
Tercero Interesado | Partido revolucionario institucional |
Autoridad Responsable | Consejo municipal de Tianguistengo |
Acto Impugnado |
Acta de cómputo municipal de la elección. |
Magistrado Instructor | Lic. Fabián Hernández García |
Acuerdos |
22-11-08 AUTO DE RESERVA DE ADMISION JIN-67-PANAL-020/08 Turno: 17-11-08 se turno a la presidencia el recurso y se remitió al magistrado instructor. |
Fecha de Resolución |
1 de diciembre de 2008 |
Puntos Resolutivos |
Primero. el tribunal electoral del poder judicial del estado de hidalgo, ha sido y es competente para conocer, tramitar y resolver el presente medio de impugnación. Segundo.- se tiene por reconocida la personería del c. erasmo morales chávez como representante propietario del partido nueva alianza. Tercero.- en virtud de la extemporaneidad del juicio de inconformidad promovido, el mismo ha resultado improcedente y en consecuencia se decreta su desechamiento de plano, por ende, archívese el presente asunto como total y definitivamente concluido; para los efectos legales correspondientes. Cuarto.- notifíquese a el partido nueva alianza, en su calidad del inconforme, en el domicilio señalado ubicado en avenida cuauhtemoc, número 1404, fraccionamiento constitución. quinto.- notifíquese a las partes en los términos de ley, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 28, 34 y 35 de las ley estatal de medios de impugnación en materia electoral del estado de hidalgo; así mismo, hágase del conocimiento público en el portal web de este órgano jurisdiccional. |
Sentencia |