Expediente | JIN-78-COALICIÓN-MÁS POR HIDALGO-007-2008 |
Promovente |
Coalición más por Hidalgo |
Tercero Interesado | Partido de la revolución democrática |
Autoridad Responsable | Consejo municipal de Xochiatipan |
Acto Impugnado |
Acta de cómputo, declaración de validez de la elección y entrega de constancia de mayoría. |
Magistrado Instructor | Dr. Ricardo C. González Baños |
Acuerdos |
22-11-08 JIN-78-COALICIÓN MAS POR HIDALGO-007/2008 Turno: 17-11-08 se turno a la presidencia el recurso y se remitió al magistrado instructor. |
Fecha de Resolución |
8 de diciembre de 2008 |
Puntos Resolutivos |
Primero.- este tribunal electoral del estado de hidalgo ha sido y es competente para conocer y resolver el presente asunto, en términos del considerando i del cuerpo de la presente resolución. Segundo.- se tiene por reconocida la personería de noe hernández guzmán, en calidad de representante propietario de la coalición “más por hidalgo” formada por el partido revolucionario institucional y nueva alianza, ante el consejo municipal de xochiatipan, hidalgo, en términos del considerando iii de la presente resolución. Tercero.- los motivos de inconformidad vertidos por el representante propietario de la coalición “más por hidalgo”, devienen infundados y por ende inoperantes respecto a la nulidad alegada de la votación de las casillas 1575 básica, 1563 contigua 1, 1563 contigua 2, 1567 básica, 1567 contigua 1, 11572 básica, 1572 contigua 1, 1574 básica y 1563 básica, por lo cual se confirman los resultados consignados en el acta de cómputo municipal del doce de noviembre de dos mil ocho emitida por el consejo municipal electoral de xochiatipan, hidalgo. Cuarto.- notifíquese a las partes en los términos de ley, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 28, 34 y 35 de la ley estatal de medios de impugnación en materia electoral del estado de hidalgo; así mismo, hágase del conocimiento público en el portal web de este órgano jurisdiccional. |
Sentencia |