Expediente JIN-38-PRD-015-2008
Promovente

 Partido de la revolución democrática

Tercero Interesado  Coalición "Más por Hidalgo"
Autoridad Responsable  Consejo municipal de mineral del chico
Acto Impugnado

Acta de cómputo de la elección.

Magistrado Instructor  Dr. Ricardo C. González Baños
Acuerdos

 21-11-08 JIN-038-PRD-015/2008
 06-12-08 CIERRE DE INSTRUCCIÓN JIN-038-PRD-015/2008

 Turno: 17-11-08 se turno a la presidencia el recurso y se remitió al magistrado instructor.

Fecha de Resolución

 8 de diciembre de 2008 

Puntos Resolutivos

Primero.- esta autoridad ha sido y es competente para conocer y resolver el presente asunto, en términos del considerando primero de esta resolución. 

Segundo.- se declaran infundados los agravios vertidos por el recurrente alfredo hernández morales, en representación del partido de la revolución democrática ante el consejo municipal electoral de mineral del chico, hidalgo.

Tercero.- se confirman los resultados consignados en el acta de computo de doce de noviembre de dos mil ocho, la declaración de validez y la constancia de mayoría, otorgada a la planilla postulada por la coalición “más por hidalgo”, concerniente a la elección del ayuntamiento de mineral del chico, realizados por el consejo municipal electoral del citado municipio.

Cuarto.- notifíquese a las partes en los términos de lo dispuesto por los artículos 28, 34, y 35 de la ley estatal de medios de impugnación en materia electoral del estado de hidalgo; asimismo hágase del conocimiento público en el portal web de este órgano jurisdiccional.

Sentencia

 JIN-38-PRD-015/2008