Expediente RAP-PAN-005-2009
Promovente

 Partido Accion Nacional

Tercero Interesado  Ninguno
Autoridad Responsable  Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo
Acto Impugnado

 En contra del acuerdo de fecha 4 de junio de 2009

Magistrado Instructor  Lic. Raúl Arroyo
Acuerdos  17-06-09 AUTO DE RADICACIÓN.
 21-06-09 CIERRE DE INSTRUCIÓN.
Fecha de Resolución

 22 de junio de 2009

Puntos Resolutivos

Primero.- el tribunal electoral del estado de hidalgo, ha sido y es competente para conocer, tramitar y resolver el presente medio de impugnación. 

Segundo.- por las consideraciones vertidas por esta autoridad en el cuerpo de la presente resolución se declaran inatendibles los motivos de inconformidad planteados por el partido actor de acción nacional, a través de su representante propietario antonio carabantes lozada, así como la nulidad absoluta del acuerdo de fecha cuatro de junio de dos mil nueve, mediante el cual resolvió los procedimientos administrativos sancionadores, acumulados d.a.ayunta/01/09 y d.a.ayunta/03/09.

Tercero.- se dejan a salvo los derechos del recurrente para que los haga valer por la vía que considere procedente.

Cuarto.- notifíquese a las partes en los términos de ley, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 28, 34 y 35 de la ley estatal de medios de impugnación en materia electoral del estado de hidalgo; asimismo, hágase del conocimiento público en el portal web de este órgano jurisdiccional.

Sentencia

 RAP-PAN-005/2009