Expediente | RAP-PRD-008-2009 |
Promovente |
Partido de la Revolución Democrática |
Tercero Interesado | Partido Revolucionario Institucional |
Autoridad Responsable | Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo |
Acto Impugnado |
En contra del acuerdo de fecha 11 de junio de 2009 |
Magistrado Instructor | Lic. Raúl Arroyo |
Acuerdos | 24-06-09 AUTO DE RADICACIÓN. 27-06-09 CIERRE DE INSTRUCIÓN. |
Fecha de Resolución |
28 de junio de 2009 |
Puntos Resolutivos |
Primero.- el tribunal electoral del estado de hidalgo, ha sido y es competente para conocer, tramitar y resolver el presente medio de impugnación. Segundo.- por las consideraciones vertidas por esta autoridad en el cuerpo de la presente resolución, se declaran infundados los motivos de inconformidad planteados por el actor partido de la revolución democrática, a través de su representante propietario flavio uribe ramírez, y por ende se confirma el acuerdo recurrido de fecha once de junio de dos mil nueve mediante el cual se aprobó la modificación a las cláusulas del convenio de la coalición “primero hidalgo”. Tercero.- notifíquese a las partes en los términos de ley, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 28, 34 y 35 de la ley estatal de medios de impugnación en materia electoral del estado de hidalgo; asimismo, hágase del conocimiento público en el portal web de este órgano jurisdiccional. |
Sentencia |