Expediente RAP-CHNU-022-2010
Promovente

 Coalición "Hidalgo nos une"

Tercero Interesado  Coalición "Unidos contigo"
Autoridad Responsable  Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo
Acto Impugnado

En contra de la resolución contenida en el acuerdo dictado por el consejo general del instituto estatal electoral de hidalgo en fecha 30 de agosto de 2010 relativo al procedimiento administrativo sancionador electoral expediente iee/p.a.s.e./06/2010.

Magistrado Instructor  Lic. Alejandro Habib Nicolás
Acuerdos  08-09-10 SE DICTÓ ACUERDO DE ADMISIÓN.
 09-09-10 CIERRE DE INSTRUCIÓN.
Fecha de Resolución

 10 de septiembre de 2010

Puntos Resolutivos

Primero. este tribunal electoral del estado de hidalgo, es competente para conocer y resolver de la presente apelación. 

Segundo. sobre la base de los razonamientos lógico jurídicos vertidos en la parte considerativa de esta resolución, los agravios esgrimidos por ricardo gómez moreno, en su calidad de representante propietario de la coalición “hidalgo nos une”, devienen infundados.

Tercero. por consecuencia, se confirma el acuerdo del consejo general del instituto estatal electoral de hidalgo, relativo al procedimiento administrativo sancionador electoral, radicado bajo el expediente número iee/p.a.s.e./06/2010, de fecha 30, treinta de agosto de 2010, dos mil diez, para los efectos jurídicos a que haya lugar.

Cuarto. notifíquese a los interesados y cúmplase.

Quinto. así mismo, notifíquese al instituto estatal electoral, el contenido de la presente resolución, ello, en términos de lo dispuesto en el artículo 35, fracción ii, de la ley estatal de medios de impugnación en materia electoral; además, hágase del conocimiento público la presente sentencia, a través del portal web de éste órgano colegiado.

Sentencia

 RAP-CHNU-022/2010 Publicado en esta página a las 14:45 hrs. del día 10 de septiembre del 2010.