Expediente RAP-CHNU-036-2010 
Promovente

 Coalición "Hidalgo nos une"

Tercero Interesado  Ninguno
Autoridad Responsable  Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo
Acto Impugnado

En contra de la omisión del consejo general de resolver el procedimiento administrativo sancionador electoral expediente iee/p.a.s.e./47/2010

Magistrado Instructor  Lic. Martha C. Martínez Guarneros
Acuerdos 06-12-10 SE DICTÓ ACUERDO DE RADICACIÓN.
Fecha de Resolución

 17 de diciembre de 2010

Puntos Resolutivos

Primero. el tribunal electoral del estado de hidalgo es competente para conocer y resolver el presente asunto, en términos del considerando i de esta resolución.

Segundo. se desecha de plano el recurso interpuesto por ricardo gómez moreno, representante propietario de la coalición “hidalgo nos une”, al resultar inexistente el acto reclamado.

Tercero. devuélvanse las constancias que correspondan y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.

Cuarto. notifíquese a las partes, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 28, 34 y 35 de la ley estatal de medios de impugnación en materia electoral del estado de hidalgo; asimismo, hágase del conocimiento público en el portal web de este órgano jurisdiccional.

Sentencia

RAP-CHNU-036/2010 Publicado en esta página a las 16:50 hrs. del día 17 de diciembre del 2010.