Expediente

TEH-JDC-002-2010

Promovente

 C. Bertha Xochitl Galvez Ruiz

Tercero Interesado  Coalición "Unidos contigo"
Autoridad Responsable  Consejo general del instituto estatal electoral de Hidalgo.
Acto Impugnado

Acuerdo de fecha 13 de agosto de 2010 emitido por el consejo general del instituto estatal electoral de hidalgo dentro del expediente iee/p.a.s.e./39/2010.

Magistrado Instructor  Lic. Alejandro Habib Nicolás
Acuerdos  25-08-10 SE DICTÓ ACUERDO DE ADMISIÓN.
 30-08-10 CIERRE DE INSTRUCIÓN.
Fecha de Resolución

 31 de agosto de 2010

Puntos Resolutivos

Primero. este tribunal electoral del estado de hidalgo, es competente para conocer y resolver del presente juicio. 

Segundo. sobre la base de los razonamientos lógico jurídicos vertidos en la parte considerativa de esta resolución, se declaran infundados los agravios hechos valer por bertha xóchitl gálvez ruiz, por su propio derecho y como candidata a gobernadora postulada por la coalición “hidalgo nos une”, dentro del juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano.

Tercero. por consecuencia, se confirma el acuerdo de fecha 13, trece de agosto de 2010, dos mil diez, emitido en el expediente iee/p.a.s.e./39/2010, por el consejo general del instituto estatal electoral; lo anterior, para los efectos jurídicos a que haya lugar.

Cuarto. notifíquese a los interesados y cúmplase.

Quinto. asimismo, notifíquese al instituto estatal electoral, el contenido de la presente resolución, ello, en términos de lo dispuesto en el artículo 35, fracción ii, de la ley estatal de medios de impugnación en materia electoral; además, hágase del conocimiento público la presente sentencia, a través del portal web de este órgano colegiado.

Sentencia

 TEH-JDC-002/2010