Expediente RAP-CONV-006-2011
Promovente

 Partido Convergencia

Tercero Interesado  Coalición "Hidalgo nos une"
Autoridad Responsable  Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo.
Acto Impugnado

En contra de la resolución de fecha 30 de mayo del 2011, a través del cual concede el registro al c. francisco javier zepeda ayala, como candidato a regidor propietario por la coalición “hidalgo nos une”, en el municipio de huejutla.

Magistrado Instructor  Dr. Ricardo C. González Baños
Acuerdos  07-06-11 SE DICTÓ AUTO DE RADICACIÓN.
 15-06-11 CIERRE DE INSTRUCCIÓN.
Fecha de Resolución

 16 de junio de 2011

Puntos Resolutivos

Primero.- el tribunal electoral del estado de hidalgo, es competente para y resolver el presente medio de impugnación

Segundo.- se declara infundado e inoperante el único agravio expresado por el recurrente en atención al contenido del considerando v de la presente resolución.

Tercero.- en consecuencia se confirma el registro otorgado por el consejo general del instituto estatal electoral, mediante acuerdo de treinta de mayo de dos mil once, a favor de francisco javier zepeda ayala como candidato a tercer regidor propietario del ayuntamiento de huejutla de reyes, hidalgo, postulado por la coalición “hidalgo nos une”.

Cuarto.- notifíquese al partido político convergencia, en su calidad de recurrente, en el domicilio señalado ubicado en poder judicial, lote 35, fraccionamiento constitución de esta ciudad de pachuca de soto, hidalgo y a la coalición "hidalgo nos une" en su carácter de tercero interesado en el inmueble señalado con el numero 301 de la avenida francisco i. madero, colonia centro, de esta ciudad de pachuca de soto, hidalgo.

Quinto.- notifíquese al instituto estatal electoral el contenido de la presente resolución en términos de lo dispuesto en el artículo 35 fracción ii, de la ley estatal de medios de impugnación en materia electoral; así mismo hágase del conocimiento público en el portal web de este órgano jurisdiccional.

Sentencia

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