Expediente | JIN-29-PRI-019-2011 |
Promovente |
Partido revolucionario institucional |
Tercero Interesado | Partido verde ecologista de México |
Autoridad Responsable | Consejo municipal electoral de Huichapan |
Acto Impugnado |
En contra de los resultados del cómputo municipal, la declaración de validez de la elección y la entrega de la constancia de mayoría de la elección de ayuntamientos, correspondiente al municipio de huichapan. |
Magistrado Instructor | Lic. Fabián Hernández García |
Fecha de Resolución | 5 de agosto de 2011 |
Puntos Resolutivos |
Primero.- se declara inoperante el primer agravio expresado por el partido revolucionario institucional, a través de su representante propietario ante el consejo municipal electoral de huichapan hidalgo, erasmo hernández rojo, en base a los razonamientos vertidos en el considerando vii de esta resolución. Segundo.- se declaran infundados los agravios, segundo, tercero, cuarto, quinto y sexto expresados por el partido revolucionario institucional, a través de su representante propietario ante el consejo municipal electoral de huichapan hidalgo, erasmo hernández rojo, en base a los razonamientos vertidos en el considerando vii de esta resolución. Tercero.- se confirman los resultados asentados en el acta de computo municipal de la elección de miembros del ayuntamiento de huichapan, la declaración de validez de la elección y la entrega de la constancia de mayoría a favor de la planilla postulada por el partido verde ecologista de méxico. Cuarto.- notifíquese el contenido de la presente resolución al partido revolucionario institucional, en el domicilio señalado en autos y al instituto estatal electoral, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 28, 30, 34 y 35, fracción ii, de las ley estatal de medios de impugnación en materia electoral del estado de hidalgo. asimismo, hágase del conocimiento público en el portal web de este órgano colegiado. |
Sentencia |