Expediente | RAP-PRD-005-2013 |
Promovente |
Partido de la Revolución Democrática |
Tercero Interesado | Ninguno |
Autoridad Responsable | Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo |
Acto Impugnado |
En contra de la resolución del consejo general del instituto estatal electoral de hidalgo de fecha 21 de junio de 2013, en la cual se decreta la modificación al convenio de coalición registrada bajo la denominación “hidalgo avanza”. |
Magistrado Instructor | Dr. Ricardo C. González Baños |
Acuerdos | 01-07-13 SE DICTÓ AUTO DE RADICACIÓN. 03-07-13 CIERRE DE INSTRUCCIÓN. |
Fecha de Resolución |
4 de julio de 2013 |
Puntos Resolutivos |
Primero.- el tribunal electoral del poder judicial del estado de hidalgo, es competente para conocer y resolver el presente medio de impugnación. Segundo.- en virtud de lo expuesto y fundado en el considerando iv de la presente resolución, se declara por una parte infundado y por otra inoperante; los motivos de agravio expresados por la representante propietaria del partido de la revolución democrática, yaneth lucero miranda miranda. Tercero.- en consecuencia, se confirma la resolución impugnada de 21 de junio de 2013, emitida por el consejo general del instituto estatal electoral. Cuarto.- notifíquese al partido de la revolución democrática y a la coalición “hidalgo avanza”, en los domicilios señalados en autos. Quinto.- notifíquese al instituto estatal electoral en términos de lo dispuesto en el artículo 35 fracción ii, de la ley estatal de medios de impugnación en materia electoral; así mismo hágase del conocimiento público en el portal web de este órgano jurisdiccional. |
Sentencia |