Expediente JIN-II-PRD-022-2013
Promovente

 Partido de la revolución democrática

Tercero Interesado  Partido revolucionario institucional
Autoridad Responsable  Consejo distrital electoral de Pachuca Oriente
Acto Impugnado

En contra de los resultados del cómputo distrital, la declaración de validez de la elección y la entrega de la constancia de mayoría de la elección de diputados, correspondiente al municipio de pachuca oriente, hidalgo.

Magistrado Instructor  Dr. Ricardo C. González Baños
Acuerdos  26-07-13 SE DICTÓ AUTO DE RADICACIÓN.
 14-08-13 CIERRE DE INSTRUCCIÓN.
Fecha de Resolución

 15 de agosto de 2013

Puntos Resolutivos

Primero.- este tribunal electoral del estado de hidalgo es competente para conocer y resolver el presente asunto, en términos del considerando i de la presente resolución. 

Segundo.- ante lo infundado de los motivos de inconformidad formulados por flavio uribe ramírez en representación del partido de la revolución democrática, se confirman los resultados consignados en el acta de computo distrital, la declaración de validez de la elección del distrito electoral ii con cabecera en pachuca oriente y la entrega de constancia de mayoría en favor de la fórmula registrada por la coalición “hidalgo avanza”. en tal virtud los candidatos deben rendir protesta constitucional y tomar posesión de ese cargo el 05 cinco de septiembre de 2013 dos mil trece.

Tercero.- notifíquese a los interesados y al instituto estatal electoral, el contenido de la presente resolución, ello, en términos de lo dispuesto por el artículo 35 fracción ii, de la ley estatal de medios de impugnación en materia electoral del estado de hidalgo; asimismo, hágase del conocimiento público en el portal web de este órgano jurisdiccional.

Sentencia

 JIN-II-PRD-022/2013