Expediente TEH-JDC-002-2013
Promovente

 Benjamín León Cruz y Miguel Angel Fonseca Ponce

Tercero Interesado  Ninguno
Autoridad Responsable  Consejo general del instituto estatal electoral de Hidalgo
Acto Impugnado

En contra del acuerdo del consejo general del instituto estatal electoral de hidalgo, de fecha 6 seis de febrero del año en curso, en el cual se les negó el registro de la plataforma electoral presentada por los impetrantes, para contender como candidatos independientes en la elección ordinaria de diputados locales por el distrito iv correspondiente a tula de allende.

Magistrado Instructor  Lic. Alejandro Habib Nicolás
Acuerdos  18-02-13 ACUERDO DE RADICACIÓN.
 20-02-13 CIERRE DE INSTRUCCIÓN.
Fecha de Resolución

 21 de febrero de 2013

Puntos Resolutivos

Primero.- el tribunal electoral del poder judicial del estado de hidalgo, ha sido y es competente para conocer, tramitar y resolver el presente medio de impugnación.

Segundo.- en virtud de lo expuesto y fundado en el considerando iii de esta resolución, se declara infundado el agravio hecho valer por los ciudadanos benjamín león cruz y miguel ángel fonseca ponce y en consecuencia se confirma la resolución de fecha 06, seis de febrero de 2013, dos mil trece emitida por el consejo general del instituto estatal electoral de hidalgo.

Tercero.- notifíquese por oficio con copia certificada de esta resolución al consejo general del instituto estatal electoral de hidalgo y a los ciudadanos benjamín león cruz y miguel ángel fonseca ponce, personalmente con la copia certificada de la resolución en el domicilio señalado en esta ciudad, lo anterior con fundamento en el artículo 35 de la ley estatal de medios de impugnación en materia electoral; además, hágase del conocimiento público la presente sentencia, a través del portal web de este tribunal.

Sentencia

 TEH-JDC-002-2013