Expediente TEH-JDC-010-2013
Promovente

 Joel Olmedo Adauto

Tercero Interesado  Ninguno
Autoridad Responsable  Presidencia municipal de Cuautepec de Hinojosa, Hidalgo
Acto Impugnado

En contra de la omisión del presidente municipal de cuautepec de hinojosa, hidalgo consistente en no convocar a los miembros del h. ayuntamiento del municipio de cuautepec de hinojosa, hidalgo a sesión para el ejercicio íntegro y goce de las facultades del carácter de regidor municipal, e integrar debidamente el h. ayuntamiento.

Magistrado Instructor  Lic. Fabián Hernández García
Acuerdos  27-06-13 SE DICTÓ AUTO DE RADICACIÓN.
Fecha de Resolución

 1 de julio de 2013

Puntos Resolutivos

Primero.- el tribunal electoral del poder judicial del estado de hidalgo, ha sido y es competente para conocer, tramitar y resolver el presente medio de impugnación. 

Segundo.- en virtud de lo expuesto y fundado en el considerando ii de la presente resolución, se desecha de plano por improcedente el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano interpuesto por joel olmedo adauto; con las consecuencias legales inherentes al caso.

Tercero.- notifíquese a joel olmedo adauto y a la autoridad responsable en términos de lo dispuesto por los artículos 30 y 35 fracción ii, respectivamente, de la ley estatal de medios de impugnación en materia electoral.

Sentencia

 TEH-JDC-010-2013