Expediente | TEH-JDC-010-2013 |
Promovente |
Joel Olmedo Adauto |
Tercero Interesado | Ninguno |
Autoridad Responsable | Presidencia municipal de Cuautepec de Hinojosa, Hidalgo |
Acto Impugnado |
En contra de la omisión del presidente municipal de cuautepec de hinojosa, hidalgo consistente en no convocar a los miembros del h. ayuntamiento del municipio de cuautepec de hinojosa, hidalgo a sesión para el ejercicio íntegro y goce de las facultades del carácter de regidor municipal, e integrar debidamente el h. ayuntamiento. |
Magistrado Instructor | Lic. Fabián Hernández García |
Acuerdos | 27-06-13 SE DICTÓ AUTO DE RADICACIÓN. |
Fecha de Resolución |
1 de julio de 2013 |
Puntos Resolutivos |
Primero.- el tribunal electoral del poder judicial del estado de hidalgo, ha sido y es competente para conocer, tramitar y resolver el presente medio de impugnación. Segundo.- en virtud de lo expuesto y fundado en el considerando ii de la presente resolución, se desecha de plano por improcedente el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano interpuesto por joel olmedo adauto; con las consecuencias legales inherentes al caso. Tercero.- notifíquese a joel olmedo adauto y a la autoridad responsable en términos de lo dispuesto por los artículos 30 y 35 fracción ii, respectivamente, de la ley estatal de medios de impugnación en materia electoral. |
Sentencia |