| Expediente | TEH-JDC-004-2014 |
| Promovente |
C. C. Artemio Zarazua Samperio y otros |
| Tercero Interesado | Ninguno |
| Autoridad Responsable | Comisión de legalidad y transparencia de la quinta circunscripción del partido nueva alianza |
| Acto Impugnado |
Contra diversos actos de acción y de omisión cometidos por las autoridades del partido nueva alianza, en especial respecto de la omisión en sustanciar el proceso de justicia intrapartidaria, respecto de los recursos de queja presentados el 8 de agosto de 2014. así como el recurso de revisión pertinente. |
| Magistrado Instructor | Lic. Fabián Hernández García |
| Acuerdos | 26-08-14 SE DICTÓ AUTO DE RADICACIÓN. |
| Fecha de Resolución |
4 de septiembre de 2014 |
| Puntos Resolutivos |
Primero.- por las razones vertidas en el considerando segundo, se declara la improcedencia y por ende el desechamiento de plano del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, por lo que respecta a las personas mencionadas en el citado considerando. Segundo.- en virtud de la improcedencia del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano; promovido por mónica islas ruiz, cristina hernández ramos, yeni montes hernández y gabriel gildardo vargas godínez, y en cumplimiento al considerando tercero de este acuerdo se ordena el reencauzamiento del presente asunto, a la comisión nacional de legalidad y transparencia del partido nueva alianza de manera directa por las razones expuestas, con el fin de realizar el trámite del juicio de revisión intentado, debiendo resolver conforme a sus facultades. Tercero.- se ordena a la mencionada comisión nacional de legalidad y transparencia del partido nueva alianza, que una vez cumplido lo resuelto por este pleno, informe por escrito dentro del plazo de 48 horas, a este órgano jurisdiccional lo conducente. Cuarto.- se dejan a salvo los derechos de los actores para acudir ante este órgano jurisdiccional una vez agotados los medios de impugnación intrapartidarios. |
| Sentencia |