Expediente | RAP-PT-001-2017 | |||
Promovente |
Lic. Miriam Nayeli Avilés Candelaria, representante suplente del PT. |
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Tercero Interesado | Ninguno | |||
Autoridad Responsable | Instituto Estatal Electoral de Hidalgo. | |||
Acto Impugnado |
En contra del acuerdo CG/002/2017 aprobado por el consejo general del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo. |
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Magistrado Instructor | Mag. Manuel Alberto Cruz Martínez | |||
Acuerdos |
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Fecha de Resolución |
15 de febrero de 2017 |
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Puntos Resolutivos |
PRIMERO. - Esta autoridad ha sido y es competente para conocer y resolver del presente juicio, en términos del considerando PRIMERO. SEGUNDO. - En términos de los razonamientos lógicos jurídicos vertidos en ésta sentencia, se declara INFUNDADO e INOPERANTE el agravio expresado por el actor, por lo vertido en la parte considerativa de la presente resolución. CUARTO.- Una vez que haya causado ejecutoria la presente resolución, y de no haber trámite pendiente por resolver, se tendrá por juicio totalmente concluido y se ordenará su archivo definitivo. CUARTO. - Asimismo, hágase del conocimiento público a través del portal web de este tribunal. |
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Sentencia |