Expediente | RAP-009-2018 | |||
Promovente |
Giovani González Severo |
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Tercero Interesado | Ninguno | |||
Autoridad Responsable | Instituto Estatal Electoral de Hidalgo | |||
Acto Impugnado |
En contra de la resolución dictada con fecha 29 de mayo de 2018, dentro del expediente IEE/SE/POS/001/2018. |
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Magistrado Instructor | Lic. Maria Luisa Oviedo Quezada | |||
Acuerdos |
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Fecha de Resolución |
29 de junio de 2018 |
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Puntos Resolutivos |
Primero.- Este Tribunal Electoral ha sido competente para resolver este Recurso de Apelación, promovido por Giovani González Severo por propio derecho y en su calidad de Tesorero Municipal del Ayuntamiento de Zimapán, Hidalgo. Segundo.- Se sobresee parcialmente en el recurso de apelación RAP-009/2018, promovido por Giovani González Severo, respecto al punto resolutivo “TERCERO”, de la resolución IEEH/CG/RES/POS/001/2018, dictada por el Pleno del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, en el cual se resolvió el Procedimiento Ordinario Sancionador IEE/SE/POS/001/2018, solo por cuanto hace a la vista que el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo ordenó dar al Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo. Tercero. Se declaran infundados los agravios hechos valer por el accionante, por lo que se confirma en su parte conducente la resolución IEEH/CG/RES/POS/001/2018, dictada por el Pleno del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, en el cual se resolvió el Procedimiento Ordinario Sancionador IEE/SE/POS/001/2018, y por ende, se confirma la vista ordenada en sus puntos resolutivos “TERCERO” y “QUINTO”, al Órgano de Control Interno del Ayuntamiento del Municipio de Zimapán, Hidalgo, dejando intocados los demás puntos. Cuarto.- Notifíquese por oficio a la Autoridad Responsable con copia certificada de esta Sentencia y como corresponde a la parte actora. |
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Sentencia |