Expediente RAP-009-2018
Promovente

Giovani González Severo

Tercero Interesado  Ninguno
Autoridad Responsable  Instituto Estatal Electoral de Hidalgo
Acto Impugnado

En contra de la resolución dictada con fecha 29 de mayo de 2018, dentro del expediente IEE/SE/POS/001/2018.

Magistrado Instructor  Lic. Maria Luisa Oviedo Quezada
Acuerdos  
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27 de junio de 2018: Auto de radicación

28 de junio de 2018: Apertura y Cierre de instruccion

Fecha de Resolución

 29 de junio de 2018

Puntos Resolutivos

Primero.- Este Tribunal Electoral ha sido competente para resolver este Recurso de Apelación, promovido por Giovani González Severo por propio derecho y en su calidad de Tesorero Municipal del Ayuntamiento de Zimapán, Hidalgo.

Segundo.- Se sobresee parcialmente en el recurso de apelación RAP-009/2018, promovido por Giovani González Severo, respecto al punto resolutivo “TERCERO”, de la resolución IEEH/CG/RES/POS/001/2018, dictada por el Pleno del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, en el cual se resolvió el Procedimiento Ordinario Sancionador IEE/SE/POS/001/2018, solo por cuanto hace a la vista que el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo ordenó dar al Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo.

Tercero. Se declaran infundados los agravios hechos valer por el accionante, por lo que se confirma en su parte conducente la resolución IEEH/CG/RES/POS/001/2018, dictada por el Pleno del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, en el cual se resolvió el Procedimiento Ordinario Sancionador IEE/SE/POS/001/2018, y por ende, se confirma la vista ordenada en sus puntos resolutivos “TERCERO” y “QUINTO”, al Órgano de Control Interno del Ayuntamiento del Municipio de Zimapán, Hidalgo, dejando intocados los demás puntos.

Cuarto.- Notifíquese por oficio a la Autoridad Responsable con copia certificada de esta Sentencia y como corresponde a la parte actora.

Sentencia

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