Expediente | TEEH-PES-025-2018 | ||
Denunciante |
Alvaro Rodriguez Doniz, en su calidad de representante propietario del Partido Revolucionario Institucional, ante el Consejo Local del INE en Hidalgo |
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Denunciado | Jorge Miguel García Vázquez y Alejandro Canek Vázquez Góngora, ambos diputados locales del Estado de Hidalgo. | ||
Acto Impugnado | Violacion al principio de imparcialidad y neutralidad de los servidores públicos, establecido en el artículo 134 de la constitucion federal | ||
Magistrado Instructor |
Lic. Jesús Raciel García Ramírez |
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Acuerdos |
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Fecha de Resolución | 17 de agosto de 2018 |
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Puntos Resolutivos |
Primero.- Este Tribunal Electoral es competente para conocer y resolver el expediente radicado bajo el número TEEH-PES-025/2018. Segundo.- Se declara la inexistencia de la infracción consistente en vulneración a los principios de imparcialidad y neutralidad por parte de Jorge Miguel García Vázquez y Alejandro Canek Vázquez Góngora; e inexistente la infracción por culpa in vigilando del Partido Político MORENA. Tercero.- Se dejan a salvo los derechos del denunciante, en los términos de la presente sentencia. Cuarto.- Notifíquese como en derecho corresponda, asimismo hágase del conocimiento público el contenido de la presente sentencia, a través del portal web de este Tribunal Electoral. |
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Sentencia | TEEH-PES-025-2018 |