Expediente | TEEH-PES-028-2018 | |||
Denunciante |
Dolores Ríos Cordero, representante del Partido del Trabajo, ante el Consejo Distrital 02, con cabecera en Ixmiquilpan, Hidalgo |
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Denunciado | Jorge Miguel García Vázquez | |||
Acto Impugnado | Violacion a la normativa en materia de propaganda electoral | |||
Magistrado Instructor |
Lic. Manuel Alberto Cruz Martínez |
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Acuerdos |
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Fecha de Resolución | 22 de octubre de 2018 |
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Puntos Resolutivos |
PRIMERO. Este Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo es competente para conocer y resolver el Procedimiento Especial Sancionador en que se actúa, en razón de la queja interpuesta en su parte escindida. SEGUNDO. Se declara inexistente la conducta violatoria de la normativa electoral, consistente en la vulneración a los principios de imparcialidad y neutralidad que deben observar los servidores públicos en el ejercicio de sus funciones, atribuida a Jorge Miguel García Vázquez, en su momento diputado integrante de la LXIII Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, de acuerdo con los razonamientos contenidos en los apartados de la presente sentencia. TERCERO.- NOTIFÍQUESE por oficio a la autoridad responsable con copia certificada de esta Sentencia y como corresponde a la parte actora y demás interesados. |
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Sentencia | TEEH-PES-028-2018 |