Expediente JIN-063-PRD-012-2020 y sus acumulados JIN-63-MOR-065-2020 y JIN-063-PAN-072-2020
Promovente

 Tomás Paez Paez, en su calidad de Representante Propietario del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo Municipal de Tepeji del Río de Ocampo, Hidalgo.

Tercero Interesado
Autoridad Responsable  Consejo Municipal Electoral de Tepeji del Río de Ocampo, Hidalgo del Instituto Estatal Electoral Hidalgo.
Acto Impugnado

 La Nulidad de la Elección de Presidente Municipal de Tepeji del Rio de Ocampo, Hidalgo, el Acta de Sesión de Cómputo/15-09/2020 (sic)de fecha 21 de octubre de 2020, emitida por el Consejo Municipal Electoral de Tepeji del Río de Ocampo, Hidalgo del Instituto Estatal Electoral Hidalgo (sic) y la declaración de validez de la elección y la entrega de la constancia de mayoría relativa.

Magistrado Instructor  Maria Luisa Oviedo Quezada
Acuerdos  
Fecha de Resolución

 22 de noviembre de 2020 

Puntos Resolutivos

PRIMERO.- Este Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo es COMPETENTE para resolver el Juicio de Inconformidad, en que se actúa.

SEGUNDO.- Se declaran algunos agravios INFUNDADOS y otros INATENDIBLES en términos de lo establecido en la presente sentencia.

TERCERO. Se confirma el resultado del cómputo final, la validez de la elección y entrega de las constancias de mayoría a la planilla del PRI decretada por la autoridad responsable en el municipio de Tepeji.

CUARTO. Notifíquese como en derecho corresponda a las partes interesadas. Asimismo, hágase del conocimiento público, a través del portal web de este Tribunal Electoral.

Sentencia

    pdflogo JIN-063-PRD-012-2020 y sus acumulados