Expediente | TEEH-PES-022-2020 |
Denunciante |
Alfredo Cerro Ambrosio en su calidad de representante del Partido del Trabajo ante el Consejo Municipal de Ixmiquilpan, Hidalgo |
Denunciado | José Edmundo Ramírez Martínez |
Acto Impugnado | |
Magistrado Instructor |
Manuel Alberto Cruz Martínez |
Acuerdos | |
Fecha de Resolución | 05 de diciembre de 2020 |
Puntos Resolutivos |
PRIMERO. Se declara inexistente la primera conducta, referente a actos anticipados de campaña, atribuida a la parte denunciada, en los términos precisados en la parte considerativa de la presente sentencia. SEGUNDO. Se declara existente la segunda conducta, referente a la colocación o fijación de propaganda electoral en lugares prohibidos por la ley en la materia, atribuida a la parte denunciada, en los términos precisados en la parte considerativa de la presente sentencia. TERCERO. En consecuencia, se impone a la parte denunciada como sanción, amonestación pública, misma que deberá ser aplicada en los términos establecidos en la parte denominada efectos y, de encontrarse aún, se ordena el retiro inmediato de la propaganda electoral materia del presente asunto. CUARTO. En su oportunidad, archívese el presente expediente como asunto total y definitivamente concluido. |
Sentencia | ![]() |