Expediente  TEEH-PES-045-2020
Denunciante

 Partido Revolucionario Institucional por conducto de Ricardo Hernández Reyes en su carácter de representante propietario acreditado ante el Consejo Municipal Electoral de Lolotla, Hidalgo

Denunciado  Griselda Bautista Paredes en su carácter de candidata a presidenta municipal propietaria en Lolotla, Hidalgo, por los partidos Encuentro Social, Verde Ecologista, Morena y del Trabajo
Acto Impugnado  
Magistrado Instructor

 María Luisa Oviedo Quezada

Acuerdos  
Fecha de Resolución  21 de octubre de 2020
Puntos Resolutivos

PRIMERO. Se declara la existencia de la violación denunciada, en consecuencia, la parte denunciada Griselda Bautista Paredes en su carácter de entonces candidata a presidenta municipal propietaria en Lolotla, Hidalgo, por los partidos Encuentro Social, Verde Ecologista, Morena y del Trabajo, es administrativamente responsable de contravenir la normativa electoral local, de acuerdo con los razonamientos contenidos en los apartados de la presente sentencia.

SEGUNDO. Se impone a la denunciada como sanción AMONESTACIÓN PÚBLICA, misma que será aplicada en los términos establecidos en la presente resolución y, de encontrarse aún, se ordena a la parte denunciada el retiro inmediato de la propaganda electoral materia del presente asunto.

TERCERO. En su oportunidad, archívese el presente expediente como asunto total y definitivamente concluido.

CUARTO. Notifíquese como en derecho corresponda, así mismo hágase del conocimiento público el contenido de la presente sentencia, a través del portal web de este Tribunal Electoral.

Sentencia   pdflogoTEEH-PES-045-2020