Expediente | TEEH-PES-045-2020 |
Denunciante |
Partido Revolucionario Institucional por conducto de Ricardo Hernández Reyes en su carácter de representante propietario acreditado ante el Consejo Municipal Electoral de Lolotla, Hidalgo |
Denunciado | Griselda Bautista Paredes en su carácter de candidata a presidenta municipal propietaria en Lolotla, Hidalgo, por los partidos Encuentro Social, Verde Ecologista, Morena y del Trabajo |
Acto Impugnado | |
Magistrado Instructor |
María Luisa Oviedo Quezada |
Acuerdos | |
Fecha de Resolución | 21 de octubre de 2020 |
Puntos Resolutivos |
PRIMERO. Se declara la existencia de la violación denunciada, en consecuencia, la parte denunciada Griselda Bautista Paredes en su carácter de entonces candidata a presidenta municipal propietaria en Lolotla, Hidalgo, por los partidos Encuentro Social, Verde Ecologista, Morena y del Trabajo, es administrativamente responsable de contravenir la normativa electoral local, de acuerdo con los razonamientos contenidos en los apartados de la presente sentencia. SEGUNDO. Se impone a la denunciada como sanción AMONESTACIÓN PÚBLICA, misma que será aplicada en los términos establecidos en la presente resolución y, de encontrarse aún, se ordena a la parte denunciada el retiro inmediato de la propaganda electoral materia del presente asunto. TERCERO. En su oportunidad, archívese el presente expediente como asunto total y definitivamente concluido. CUARTO. Notifíquese como en derecho corresponda, así mismo hágase del conocimiento público el contenido de la presente sentencia, a través del portal web de este Tribunal Electoral. |
Sentencia | ![]() |