Expediente  TEEH-JDC-017-2020 acumulado a TEEH-JDC-016-2020
Promovente

Jose Meliton Tellez Barrera

Tercero Interesado  Ninguno
Autoridad Responsable Ayuntamiento de Tulancingo de Bravo, Hidalgo.
Acto Impugnado

Impugna la omisión del Ayuntamiento Constitucional de Tulancingo de Bravo, Hidalgo de responder a la solicitud formulada mediante escrito presentado el 20 de enero del 2020 por el accionante, así como la omisión consistente en dar cumplimiento de implementar las políticas, medidas y demás acciones encaminadas a hacer efectivo el derecho consagrado en el artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, respecto de que las comunidades indígenas accedan al derecho de contar con representante indígena en el Ayuntamiento.

Magistrado Instructor Manuel Alberto Cruz Martínez
Acuerdos  
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17 de febrero de 2020: Acuerdo de Radicacion

24 de febrero de 2020: Anexos

28 de febrero de 2020: Cumplimiento 1

28 de febrero de 2020: Cumplimiento 2

02 de marzo de 2020: Cumplimiento 3

16 de marzo de 2020: Cierre de instruccion

Fecha de Resolución

 17 de marzo de 2020

Puntos Resolutivos

Primero. Se declaran fundados los agravios hechos valer por los accionantes.

Segundo. Se ordena al Ayuntamiento de Tulancingo de Bravo, Hidalgo, que dé cumplimiento a esta sentencia en los términos señalados en los efectos de la sentencia.

Tercero. Se vincula al Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, para que coadyuve con la Autoridad Responsable, en el proceso de elección de representantes indígenas en las comunidades “Colonia Guadalupe” y “Tepaltzingo”, de dicho Ayuntamiento, en los términos señalados en los efectos de la sentencia.

Sentencia

  pdflogoTEEH-JDC-016-2020 y Acumulado