Expediente  TEEH-JDC-020-2020
Promovente

Delegados y Subdelegados del Municipio de Tulancingo de Bravo, Hidalgo.

Tercero Interesado  Ninguno
Autoridad Responsable Ayuntamiento de Tulancingo de Bravo, Hidalgo.
Acto Impugnado

Impugnan la omisión del Ayuntamiento de otorgar una remuneración por el ejercicio de un cargo como servidores públicos municipales.

Magistrado Instructor Mónica Patricia Mixtega Trejo
Acuerdos  
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21 de febrero de 2020: Acuerdo de Radicacion

27 de febrero de 2020: Requerimiento

03 de marzo de 2020: Apertura de instruccion

04 de marzo de 2020: Cierre de instruccion

Fecha de Resolución

 06 de marzo de 2020

Puntos Resolutivos

PRIMERO.  Se SOBRESEE el presente juicio ciudadano por cuanto hace a Lucio Gómez García, Aureliano Melo Lira, José Antonio Islas Guarneros y Jaime Islas Guarneros (grupo dos), dejando a salvo sus derechos para qué los hagan valer ante la autoridad que estime pertinente.

SEGUNDO. Se decreta la inaplicación de los artículos 3 y 4 del Reglamento para la Elección de Órganos Auxiliares del Municipio de Tulancingo de Bravo Hidalgo, en la porción normativa donde se establece que el cargo de delegado y subdelegado será de manera honoraria, para el caso en particular por ser contrario a la Constitución.
TERCERO. Se ordena al Ayuntamiento dar cumplimiento a la presente resolución, en los términos señalados en el apartado de efectos.
Sentencia pdflogo TEEH-JDC-020-2020
Expediente  TEEH-JDC-020-2020-INC-1
Promovente

Delegados y Subdelegados del Municipio de Tulancingo de Bravo, Hidalgo.

Acuerdos  
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10 de agosto de 2020: Acuerdo de Radicacion

19 de agosto de 2020: Notificacion

Fecha de Resolución

 03 de septiembre de 2020

Puntos Resolutivos

PRIMERO. Se desechan de plano los incidentes TEEH-JDC-020/2020-INC-1 y TEEH-JDC-020/2020-INC-2 por cuanto hace a Eduardo Ivey Atanacio, Víctor Vargas Ortiz, por no ratificar los escritos incidentales respectivos.

SEGUNDO. Se sobresee el incidente TEEH-JDC-020/2020-INC-3 por cuanto hace a Lucio Gómez García, Aureliano Melo Lira, José Antonio Islas Guarneros y Jaime Islas Guarneros, ya que estos carecen de interés jurídico y legitimación en la causa para promover escritos incidentales en relación al cumplimiento de la sentencia primigenia.

TERCERO. Se declaran infundados los incidentes de incumplimiento y exceso en el cumplimiento de sentencia y, en consecuencia, se tiene por cumplida la misma en cuanto a la a la realización de una sesión mediante la cual se modificará el presupuesto de egresos con el objeto de incluir el pago ordenado a los delegados y subdelegados, así como el establecimiento del periodo en el cual se otorgará el pago ordenado.

Sentencia pdflogo TEEH-JDC-020-2020-INC-1