Expediente | TEEH-JDC-060-2020 |
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Promoventes |
Luis Andrés Vázquez Bustamante |
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Tercero Interesado | Ninguno | ||
Autoridad Responsable | Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Politicos del Instituto Estatal electoral de Hidalgo | ||
Acto Impugnado |
En contra de la resolucion de fecha 27 de marzo de 2020 bajo el oficio numero IEEH/DEPyPP/403/2020 |
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Magistrado Instructor | Maria Luisa Oviedo Quezada | ||
Acuerdos |
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Fecha de Resolución |
14 de julio de 2020 |
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Puntos Resolutivos |
PRIMERO. Se sobresee en el presente Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano por cuanto hace al promovente Anselmo Castillo Espinosa quien se ostentó como representante legal de la Asociación Civil “Pachuca Ciudad Transparente”. SEGUNDO. Se declara fundado el primer agravio expuesto por el promovente Luis Andrés Vázquez Bustamante. TERCERO. Se revoca el oficio IEEH/DEPyPP/403/2020, emitido el 27 veintisiete de marzo del 2020 dos mil veinte, por el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo. CUARTO. En los términos de esta sentencia, se ordena al Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, que en un plazo no mayor a 03 tres días naturales, contados a partir de la notificación de la presente resolución, emita una respuesta, debidamente fundada y motivada, a los planteamientos formulados por Luis Andrés Vázquez Bustamante en el escrito de fecha 19 diecinueve de marzo de 2020 dos mil veinte. QUINTO. Una vez realizado lo anterior, dentro de las 24 veinticuatro horas siguientes, deberá informarlo a este Tribunal, acompañando la documentación que así lo justifique. SEXTO. Notifíquese a las partes interesadas como en derecho corresponda. |
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Sentencia |