Expediente | TEEH-JDC-077-2020 y su acumulado TEEH-JDC-104-2020 |
||
Promoventes |
Canek Vazquez Gongora |
||
Tercero Interesado | Ninguno | ||
Autoridad Responsable | Comision nacional de elecciones del partido MORENA | ||
Acto Impugnado |
En contra de diversas omisiones atribuibles a la Comision Nacional de elecciones de Morena |
||
Magistrado Instructor | Monica Patricia Mixtega Trejo | ||
Acuerdos |
|
||
Fecha de Resolución | 31 de agosto de 2020 | ||
Puntos Resolutivos | PRIMERO. Se decreta la acumulación del Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano TEEH-JDC-104/2020 por existir conexidad con el expediente TEEH-JDC-77/2020, al ser este el más antiguo.
SEGUNDO. Se sobreseen los juicios ciudadanos presentados por Alejandro Canek Vázquez Góngora y Francisco Javier Berganza Escorza al actualizarse causal de improcedencia. NOTIFÍQUESE como en derecho corresponda a las partes interesadas, así como a la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. |
||
Sentencia | ![]() |
||
Expediente | TEEH-JDC-077-2020 y su acumulado TEEH-JDC-104-2020 |
||
Fecha de Resolución | 17 de septiembre de 2020 | ||
Puntos Resolutivos | PRIMERO. Se decreta la acumulación del Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano TEEH-JDC-104/2020 y TEEH-JDC-161/2020 por existir conexidad con el expediente TEEH-JDC-77/2020, al ser este el más antiguo.
SEGUNDO. Al resultar fundado pero inoperante el agravio relacionado con las omisiones respecto de la situación registral de los actores, lo procedente es confirmar el DICTAMEN DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ELECCIONES SOBRE EL PROCESO INTERNO DE SELECCIÓN DE CANDIDATOS/AS PARA PRESIDENTES/AS MUNICIPALES; PRESIDENTES/AS MUNICIPALES; Y REGIDORES/AS DE LOS AYUNTAMIENTOS; PARA EL PROCESO ELECTORAL LOCAL 2019-2020 EN EL ESTADO DE HIDALGO, en lo que fue materia de impugnación, conforme a lo señalado en el considerando Quinto de la presente resolución y en consecuencia el registro realizado por el partido político MORENA respecto del candidato Pablo Elías Vargas González. NOTIFÍQUESE como en derecho corresponda a las partes interesadas; asimismo y de conformidad con lo ordenado en el apartado de efectos de la sentencia dictada por el pleno de la Sala Regional Toluca, con fecha ocho de septiembre, remítase copia certificada de la presente sentencia. |
||
Sentencia | ![]() |