Expediente  TEEH-JDC-079-2020
Promoventes

Claudia Nelly Flores Hernández y Otros

Tercero Interesado  Ninguno
Autoridad Responsable Órganos de Control y Transparencia, la Comisión de Elecciones y  la Comisión de Justicia, todos del partido político Morena. Derivado de lo anterior, se encauza la impugnación antes citada para ser sustanciada y resuelta a través de las normas aplicables al Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano.
Acto Impugnado

Impugnan el Proceso Interno de Selección de las candidaturas para Presidentes Municipales, Sindicaturas y Regidurías.

Magistrado Instructor Manuel Alberto Cruz Martínez
Acuerdos  
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24 de agosto de 2020: Acuerdo de Radicacion

27 de agosto de 2020: Acuerdo de Requerimiento 1

27 de agosto de 2020: Acuerdo de Requerimiento 2

Fecha de Resolución  03 de septiembre de 2020
Puntos Resolutivos Primero. Se sobresee el medio de impugnación antepuesto por Magdalena Quintos Otamendi.

Segundo. Se declara parcialmente fundado el agravio relativo a la violación del principio de legalidad planteado por Claudia Nelly Flores Fernández; en consecuencia, estese a lo ordenado en el capitulo denominado efectos de la sentencia.

Tercero. Se declara fundado del agravio hecho valer por López Arroyo María Guadalupe, en consecuencia, estese a lo ordenado en el capítulo denominado efectos de la sentencia.

Sentencia  pdflogoTEEH-JDC-079-2020