Expediente | TEEH-JDC-128-2020 y su acumulado TEEH-JDC-130-2020 |
Promoventes |
Raúl Flores Sámano |
Tercero Interesado | Ninguno |
Autoridad Responsable | Comité Ejecutivo Nacional, a la Comisión Nacional de Elecciones, al Consejo Nacional y a la representación del partido ante el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, todos del partido político Morena |
Acto Impugnado |
“La exclusión de los ocursantes como candidato propietario de la SEXTA fórmula de la planilla de regidores en el municipio de Mineral de la Reforma, correspondiente al partido MORENA dentro del convenio de CANDIDATURAS COMUNES celebrado con los partidos PARTIDO DEL TRABAJO, PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO, PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL HIDALGO Y MORENA, así como, la solicitud de registro del partido MORENA Y/O DEL REPRESENTANTE DE CANDIDATURAS COMUNES CELEBRADA ENTRE LOS PARTIDOS DEL TRABAJO, PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO, PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL HIDALGO Y MORENA de la planilla de candidatos al Ayuntamiento del municipio de MINERAL DE LA REFORMA hecha ante el Instituto Estatal del Estado de Hidalgo (sic) por cuanto hace al registro de la candidatura a la SEXTA REGIDURÍA”. |
Magistrado Instructor | Mónica Patricia Mixtega Trejo |
Acuerdos | |
Fecha de Resolución | 04 de septiembre de 2020 |
Puntos Resolutivos | PRIMERO. – Se declara FUNDADO pero INOPERANTE el agravio hecho valer por RAÚL FLORES ZAMANO.
SEGUNDO.- Se tienen por acreditado que el Partido Político MORENA registró a persona distinta a la insaculada para dicha posición en la candidatura a la regiduría número 5 del Ayuntamiento de Mineral de la Reforma, Hidalgo. TERCERO.- Se ordena la sustitución en favor de ALICIA APOLONIO LECHUGA como candidata a la regiduría número 5 del Ayuntamiento de Mineral de la Reforma, Hidalgo, por el partido político MORENA, en términos del apartado Décimo de la presente sentencia. |
Sentencia | TEEH-JDC-128-2020 y acumulado |