Expediente  TEEH-JDC-130-2020 acumulado a TEEH-JDC-128-2020
Promoventes

Alicia Apolonio Lechuga

Tercero Interesado  Ninguno
Autoridad Responsable Comité Ejecutivo Nacional, a la Comisión Nacional de Elecciones, al Consejo Nacional y a la representación del partido ante el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, todos del partido político Morena
Acto Impugnado

“La exclusión del (sic) ocursante como candidato propietario de la QUINTA fórmula de la planilla de regidores en el municipio de Mineral de la Reforma, correspondiente al partido MORENA dentro del convenio de CANDIDATURAS COMUNES celebrado con los partidos PARTIDO DEL TRABAJO, PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO, PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL HIDALGO Y MORENA, así como, la solicitud de registro del partido MORENA Y/O DEL REPRESENTANTE DE CANDIDATURAS COMUNES CELEBRADA ENTRE LOS PARTIDOS DEL TRABAJO, PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO, PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL HIDALGO Y MORENA de la planilla de candidatos al Ayuntamiento del municipio de MINERAL DE LA REFORMA hecha ante el Instituto Estatal del Estado de Hidalgo (sic) por cuanto hace al registro de la candidatura a la QUINTA REGIDURÍA”.

Magistrado Instructor Mónica Patricia Mixtega Trejo
Acuerdos  
Fecha de Resolución  04 de septiembre de 2020
Puntos Resolutivos  PRIMERO. – Se declara FUNDADO pero INOPERANTE el agravio hecho valer por RAÚL FLORES ZAMANO.

SEGUNDO.- Se tienen por acreditado que el Partido Político MORENA registró a persona distinta a la insaculada para dicha posición en la candidatura a la regiduría número 5 del Ayuntamiento de Mineral de la Reforma, Hidalgo.

TERCERO.- Se ordena la sustitución en favor de ALICIA APOLONIO LECHUGA como candidata a la regiduría número 5 del Ayuntamiento de Mineral de la Reforma, Hidalgo, por el partido político MORENA, en términos del apartado Décimo de la presente sentencia.

Sentencia  pdflogoTEEH-JDC-128-2020 y acumulado