Expediente | TEEH-JDC-255-2020 |
Promoventes |
Eliceo Lemus Rodríguez |
Tercero Interesado | Ninguno |
Autoridad Responsable | Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Nacional y la Comisión Permanente del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional |
Acto Impugnado |
En contra de “las providencias emitidas con fecha 19 de septiembre de 2019, por el presidente nacional, por las que autoriza la emisión de la invitación dirigida a todos los militantes del Partido Acción Nacional”. |
Magistrado Instructor | Manuel Alberto Cruz Martínez |
Acuerdos | |
Fecha de Resolución | 05 de octubre de 2020 |
Puntos Resolutivos | PRIMERO. Se declara infundado el agravio hecho valer por Eliceo Lemus Rodríguez, respecto a las Providencias emitidas con fecha 19 de septiembre de 2020, que se encuentran contenidas en el documento identificado como SG/078/2020.
SEGUNDO. Se confirma las Providencias emitidas por el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Nacional, contenidas en el documento identificado como SG/078/2020, de fecha 19 de Septiembre de 2020. |
Sentencia | TEEH-JDC-255-2020 |