Expediente | TEEH-JDC-140-2021 |
Promoventes |
Rosalío Palma Cruz y otros |
Tercero Interesado | Ninguno |
Autoridad Responsable | Ayuntamiento de Ixmiquilpan, Hidalgo |
Acto Impugnado |
La omisión por parte del Ayuntamiento de Ixmiquilpan, Hidalgo de dar respuesta a la petición formulada mediante los escritos presentados ante la oficialía de partes de la presidencia municipal del referido ayuntamiento en fechas 16 y 19 de agosto del año en curso |
Magistrado Instructor | Leodegario Hernández Cortez |
Acuerdos | |
Fecha de Resolución | 08 de octubre de 2021 |
Puntos Resolutivos |
PRIMERO. Se declara FUNDADO el agravio hecho valer por los accionantes en términos del considerando CUARTO de la presente sentencia. SEGUNDO. Se ORDENA al Ayuntamiento de Ixmiquilpan, Hidalgo, dar cumplimiento a lo ordenado por este Tribunal Electoral, de conformidad con los efectos precisados en el considerando QUINTO de esta sentencia. NOTIFÍQUESE como en derecho corresponda a las partes interesadas, asimismo, hágase del conocimiento público, a través del portal web de este Tribunal Electoral. |
Sentencia | TEEH-JDC-140-2021 |
Expediente | TEEH-JDC-140-2021-INC-1 |
Fecha de Resolución | 10 de noviembre de 2021 |
Puntos Resolutivos |
PRIMERO. - Se ha dado efectivo cumplimiento respecto a lo ordenado por este Órgano Jurisdiccional en la Sentencia dictada dentro del presente Juicio. SEGUNDO. - Archívese el presente asunto como total y definitivamente concluido. Notifíquese conforme a derecho corresponda. |
Incidente de incumplimiento de Sentencia | TEEH-JDC-140-2021 |