Expediente | TEEH-JDC-007-2022 acumulado a TEEH-JDC-004-2022 |
Promoventes |
Reyna López Ruiz, en su carácter de regidora del Ayuntamiento de Zempoala, Hidalgo |
Tercero Interesado | Ninguno |
Autoridad Responsable | Ayuntamiento de Zempoala, Hidalgo |
Acto Impugnado |
La omisión de entregarle la información de los temas a tratar en los puntos 6 y 11 del orden del día en la sesión vigésimo sexta ordinaria de la asamblea municipal, así como en contra de la propuesta presentada en el punto 13 del orden del día de la referida sesión |
Magistrado Instructor |
Manuel Alberto Cruz Martinez |
Acuerdos | |
Fecha de Resolución | 04 de febrero de 2022 |
Puntos Resolutivos |
PRIMERO. - Se declara fundado el agravio hecho valer por los actores respecto a la autorización otorgada al Presidente Municipal para celebrar contratos y convenios por un año, en términos de lo señalado en la parte considerativa de la presente sentencia. SEGUNDO. Se declara fundado pero inoperante el agravio hecho valer por la Regidora Reyna López Ruíz, respecto a la omisión por parte del Presidente Municipal de entregarle la información respecto al comodato del parque vehicular municipal, en términos de lo señalado en la parte considerativa de la presente sentencia. TERCERO. Se declara infundado el agravio hecho valer por la Regidora Reyna López Ruíz, respecto a la omisión por parte del Presidente Municipal de entregarle la información relativa programa anual de adquisiciones, en términos de lo señalado en la parte considerativa de la presente sentencia. CUARTO. Se vincula al Presidente Municipal de Zempoala Hidalgo para que dé cumplimiento a lo ordenado en la parte denominada efectos de la sentencia. Notifíquese como en derecho corresponda, así mismo hágase del conocimiento público el contenido de la presente sentencia |
Sentencia | TEEH-JDC-004-2022 y sus acumulados |