Expediente  TEEH-JDC-025-2022
Promoventes

Martín Camargo Hernández

Tercero Interesado  Ninguno
Autoridad Responsable Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de MORENA
Acto Impugnado

La resolución de fecha dieciséis de febrero de dos mil veintidós emitida dentro del expediente CNHJ-HGO-044/2022.

Magistrado Instructor

Manuel Alberto Cruz Martinez

Acuerdos  
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21 de febrero de 2022: Acuerdo de radicacion

22 de febrero de 2022: Acuerdo

25 de febrero de 2022: Acuerdo de cumplimiento

Fecha de Resolución  03 de marzo de 2022
Puntos Resolutivos

PRIMERO. Se declaran inoperantes los agravios 01, 02 y 03 de conformidad con lo razonado en la parte considerativa del presente fallo.

SEGUNDO. Se declaran fundados y suficientes los agravios 04, 05 y 06 hechos valer por Martín Camargo Hernández en contra del acuerdo de improcedencia del 16 de febrero emitido por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena.

TERCERO. En plenitud de jurisdicción se desecha de plano el recurso de queja intrapartidista CNHJ-HGO-004/2021 al actualizarse el principio de preclusión, toda vez que el derecho de acción del ahora recurrente para impugnar se ejerció y agotó al haber presentado las demandas en los juicios ciudadanos TEEH-JDC-010/2022 Y TEEH-JDC-018/2022.

NOTIFÍQUESE como en derecho corresponda, asimismo hágase del conocimiento público el contenido de la presente sentencia

Sentencia     pdflogoTEEH-JDC-025-2022