Expediente | TEEH-JDC-040-2022 |
||
Promoventes |
Erika Mendoza García |
||
Tercero Interesado | Ninguno | ||
Autoridad Responsable | Ayuntamiento de Tlaxcoapan Hidalgo | ||
Acto Impugnado |
La omisión de reservar el cincuenta por ciento de las candidaturas para un género distinto de la convocatoria para la elección de órganos auxiliares (delegado y subdelegado) para el periodo 2022-2023”, señalando como autoridad responsable al referido ayuntamiento |
||
Magistrado Instructor |
Manuel Alberto Cruz Martinez |
||
Acuerdos |
|
||
Fecha de Resolución | 24 de marzo de 2022 |
||
Puntos Resolutivos |
ÚNICO. Se desecha de plano el presente Juicio Ciudadano al actualizarse la causal de improcedencia contenida en el artículo 353 fracción VI del Código Electoral del Estado de Hidalgo por la inexistencia del acto impugnado. NOTIFÍQUESE a la actora y al Ayuntamiento de Tlaxcoapan, Hidalgo, como en derecho corresponda; asimismo hágase del conocimiento público el contenido de la presente sentencia |
||
Sentencia | TEEH-JDC-040-2022 |