Expediente  TEEH-JDC-396-2024
Promoventes

MARLENE PUERTAS RAMÍREZ

Tercero Interesado  Ninguno
Autoridad Responsable PRESIDENTE MUNICIPAL DE MINERAL DE LA REFORMA Y OTROS
Acto Impugnado

Contra de la omisión de entregar información solicitada por escrito al Presidente, Tesorero y Secretaria de Administración, todos del referido ayuntamiento, así como del contenido de tres oficios todos de fecha veintisiete de septiembre del año en curso, en los que a decir del promovente el Tesorero Municipal le hace de conocimiento que la información solicitada será resuelta dentro del término de 30 días hábiles, lo cual vulnera su derecho político electoral de votar y ser votado en su vertiente del ejercicio del cargo.

Magistrado Instructor Lilibet García Martínez
Fecha de Resolución  24 de octubre de 2024
Puntos Resolutivos

Único. Se desecha de plano el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano promovido por Marlene Puertas Ramírez, ante la actualización de la causal de improcedencia prevista en la fracción VI del artículo 353 del Código Electoral, por haber cesado los efectos del acto reclamado.

En su oportunidad, archívese el presente como asunto total y definitivamente concluido.

Sentencia

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