Expediente TEEH-JIN-015-2024
Promovente

MORENA Y OTRO

Tercero Interesado

 Ninguno

Autoridad Responsable Consejo Distrital 08 Actopan
Acto Impugnado

La declaración de la validez de la elección municipal de Mineral del Chico, respecto de la votación recibida, en las casillas que adelante preciso, ello en termino de lo establecido por los artículos 383; 384, fracciones II y XI; y 417 fracción I del Código Electoral del Estado de Hidalgo, con el objeto de anular la votación de casillas especificadas para que, declarada dicha nulidad determine, por ende, la nulidad de la elección dado que, corresponde a más del 20% de las secciones electorales en terminos del artículo 385, fracción II, del citado código electoral.

Magistrado Instructor Rosa Amparo Martínez Lechuga
Fecha de Resolución  
Puntos Resolutivos

 

Sentencia