Expediente | TEEH-JDC-012-2016 | ||
Promovente |
Gonzalo Trejo Amador |
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Tercero Interesado | Ninguno | ||
Autoridad Responsable | Comisión Organizadora Electoral del Partido Acción Nacional. | ||
Acto Impugnado |
En contra de la omisión del Presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional de Hidalgo, de emitir la convocatoria y reglas complementarias relativas al proceso de selección de candidatos del municipio de Mineral de la Reforma Hidalgo. |
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Magistrado Instructor | Lic. Jesús Raciel García Ramírez | ||
Acuerdos |
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Fecha de Resolución |
24 de marzo de 2016 |
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Puntos Resolutivos |
Primero.- El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo, es competente para conocer, tramitar y resolver el presente medio de impugnación. Segundo.- Resulta improcedente y se desecha de plano el Juicio para la Protección de los Derechos Político- Electorales del Ciudadano interpuesto por el ciudadano Gonzalo Trejo Amador en cumplimiento al Considerando Cuarto de ésta resolución. Tercero.- Notifíquese la presente resolución mediante cédula fijada en los estrados de este Tribunal al promovente Gonzalo Trejo Amador; por oficio, con copia certificada de esta resolución, al Presidente de la Comisión Organizadora del Partido Acción Nacional; dichas notificaciones deberán realizarse a más tardar dentro de los siguientes dos días de la fecha en que se dicte la presente sentencia, lo anterior en términos de los artículos 375, 376, 377 y 437, del Código Electoral del Estado de Hidalgo. Asimismo, hágase del conocimiento público, a través del portal web de este Tribunal. |
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Sentencia |