Expediente | TEEH-JDC-393-2024 acumulado a TEEH-JDC-388-2024 |
Promoventes |
WILFRIDO SOTO JARILLO |
Tercero Interesado | Ninguno |
Autoridad Responsable | AYUNTAMIENTO Y PRESIDENTE MUNICIPAL DE MINERAL DEL MONTE, HIDALGO. |
Acto Impugnado |
Contra del acto aprobado por el ayuntamiento y presidente municipal de Mineral del Monte, Hidalgo, a efecto de autorizarlo para firmar convenios y contratos con personas físicas y morales, autoridades federales, estatales, municipales, instituciones educativas públicas y privadas, asociaciones civiles y organizaciones no gubernamentales, lo cual considera causa agravio a sus derechos políticos-electorales de ser votado, en la vertiente del ejercicio del cargo como regidor. |
Magistrado Instructor | Lilibet García Martínez |
Fecha de Resolución | 24 de octubre de 2024 |
Puntos Resolutivos |
Primero. Este Tribunal es Incompetente para conocer sobre lo . planteado por los actores de conformidad con lo razonado en el considerando II de la presente resolución. Segundo. Resulta Fundado el agravio relativo a la autorización otorgada al Presidente Municipal de suscribir contratos y convenios sin la previa autorización del Ayuntamiento Tercero. Se ordena a las autoridades responsables, dar cumplimiento a lo ordenado en el apartado de efectos de la presente sentencia. Notifíquese como en derecho corresponda a las partes interesadas, asimismo, hágase del conocimiento público, a través del portal web de este Tribunal Electoral. Hecho lo anterior, en su caso, devuélvanse los documentos atinentes, previa constancia que de ellos se deje en autos y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido. |
Sentencia |