Expediente | TEEH-PES-012/2016 |
Denunciante |
Rosa Nelly Vázquez Altamirano |
Denunciado | Partido Politico Nueva Alianza, Moisés Ramírez Tapia |
Acto Impugnado | Violaciones a las normas sobre propaganda Electoral |
Magistrado Instructor |
Lic. Manuel ALberto Cruz Martínez |
Acuerdos | |
Fecha de Resolución | 4 de junio de 2016 |
Puntos Resolutivos |
PRIMERO. Este Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo es COMPETENTE para conocer del presente Procedimiento Especial Sancionador radicado con el número de expediente TEEH-PES-012/2016 formado con motivo de la queja presentada por Rosa Nelly Vázquez Altamirano, Representante Propietaria del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo Municipal de Tepejí del Rio de Ocampo. SEGUNDO. En atención a lo fundado y motivado en el CONSIDERANDO TERCERO de la presente resolución se declara la INEXISTENCIA de la violación objeto de la denuncia expresada por la parte Quejosa, en contra de MOISÉS RAMÍREZ TAPIA Candidato a Presidente Municipal por el Partido Nueva Alianza para el municipio de Tepejí del Rio de Ocampo. TERCERO. Se declara la EXISTENCIA de la violación objeto de la denuncia expresada por la parte Quejosa en contra del PARTIDO NUEVA ALIANZA, tal y como se fundó y motivo en el punto CONSIDERATIVO TERCERO. CUARTO. Una vez que se ha declara la EXISTENCIA de la violación denunciada es procedente imponer al PARTIDO NUEVA ALIANZA la sanción consistente en AMONESTACIÓN PÚBLICA, en concordancia a lo fundado y motivado en el punto CONSIDERATIVO CUARTO. QUINTO. Hágase del CONOCIMIENTO PÚBLICO la presente resolución a través del portal web de este órgano jurisdiccional. Notifíquese y cúmplase. |
Sentencia | ![]() |