Expediente  TEEH-PES-034/2016
Denunciante

 Oscar Octavio González Mendoza

Denunciado  Partido Revolución institucional

 Reyna Dagda Olvera

Acto Impugnado  Por supuestos actos proselitistas violatorios de la prohibición contemplada en el artículo 129 del Código Electoral del Estado de Hidalgo
Magistrado Instructor

Lic. Javier Ramiro Lara Salinas 

Acuerdos  
Fecha de Resolución  11 de julio de 2016
Puntos Resolutivos

PRIMERO.- Este Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo, es competente para conocer del Procedimiento Especial Sancionador radicado con el expediente TEEH-PES-034/2016, formado con motivo de la denuncia formulada por Oscar Octavio González Mendoza en su carácter de Representante del Partido Nueva Alianza.


SEGUNDO.- Se declara la inexistencia de la infracción objeto de la denuncia en términos de la presente resolución.


TERCERO.- Al haberse considerado inexistente la infracción en base a los motivos expuestos en el considerando respectivo se tiene por no acreditada la responsabilidad del Partido Revolucionario Institucional, así como de la C. Reyna Luz Dagda Olvera.


CUARTO.- Notifíquese y cúmplase.


QUINTO.- Hágase del conocimiento público la presente resolución a través del portal web de este Órgano Jurisdiccional.

Sentencia  pdflogo TEEH-PES-034-2016