Expediente  TEEH-PES-EXT-001-2016
Denunciante

 OCTAVIO CASTAÑEDA ARTEAGA, REPRESENTANTE PROPIETARIO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

Denunciado  BENITA ZARCO AMADOR Y PARTIDO ACCIÒN NACIONAL; ULISES HERNÁNDEZ VÁZQUEZ Y PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL;MIGUEL ÁNGEL TREJO ESPEJEL Y PARTIDO DEL TRABAJO; JOSÉ LUIS ORDAZ RÍOS Y PARTIDO VERDE ECOLOGÍSTA DE MÉXICO Y RAFAÉL MARTÍNEZ GONZÁLEZ Y PARTIDO MOVIMIENTO CIUDADANO.
Acto Impugnado  En contra de las infracciones administrativas dentro del Proceso Electoral Extraordinario para la Elección del Ayuntamiento de Omitlán de Juárez
Magistrado Instructor

Lic. Manuel alberto Cruz Martinez

Acuerdos  
Fecha de Resolución 19 de diciembre de 2016
Puntos Resolutivos

PRIMERO.- Este Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo es competente para conocer del procedimiento especial sancionador radicado con el expediente TEEH-PES-EXT-001/2016, formado con motivo de la denuncia formulada por Octavio Castañeda Arteaga, en su carácter de representante propietario del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo Municipal de Omitlán de Juárez, Hidalgo.

SEGUNDO.- De las constancias que obran en autos, se determina que se encuentra plena y legalmente demostrada la existencia de la conducta señalada en la fracción I del artículo 127 del Código Electoral del Estado de Hidalgo.

TERCERO.- Se vincula a la Sub-Procuraduría de Asuntos Electorales de la Procuraduría General de Justicia y a la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo para que dentro de su competencia y facultades se aboquen a la investigación de los actos cometidos en agravio de la C. ESTHELA RÍOS y al Instituto Hidalguense de las Mujeres, para los efectos legales y administrativos a que haya lugar de acuerdo a sus atribuciones y facultades; para lo cual remítanseles copias debidamente certificadas de la presente resolución, requiriendo a la citadas autoridades administrativas informen a este Órgano Colegiado oportunamente los resultados de las investigaciones que efectúen.

CUARTO.- Notifíquese y cúmplase.

QUINTO.- Hágase del conocimiento público la presente resolución a través del portal web de este órgano jurisdiccional.

Sentencia  pdflogoTEEH-PES-EXT-001-2016